Por enésima vez, la semana pasada me he visto expresando mi opinión acerca de las normas de gestión de calidad con las que trabajo e implanto desde el año 2006.
Como no podía ser de otra manera, sólo me dedico a las normas normas de gestión de calidad alimentaria, exclusivas de empresas alimentarias.
Ejemplos de esas normas son:
IFS – International Fearured Standard ( lo que antes era International Food Standard)
BRCGS – Brand Reputation Compliance Global Standard ( lo que antes era Bristish Retail Consortium
FSSC 22000 ( Food Safety System Certification
SQF – Safe Quality Food
HACCP- Hazard Analysis Critical control Points
Mi opinión no tiene otro objetivo que compartirla y ponerla en común con quienes tienen algún tipo de relación con las mismas, tanto si eres Interim manager, consultor, auditor o empresa alimentaria certificada por alguna norma.
Lo que sí es cierto es que, como casi todo en la vida ,estas normas son mejorables.
De hecho, desde sus inicios han ido cambiando y la mayoría se encuentran en sus correspondientes revisiones mediante las cuales se han corregido duplicidades, clarificado conceptos, eliminado requisitos y añadido otros nuevos.
Hoy quiero referirme a un requisito que ha estado desde los inicios.
Un debate que vuelve una y otra vez
Recuerdo la primera vez que expresé mi opinión en un foro profesional especializado en Calidad y Seguridad Alimentaria en el cual se trataba el tema de estas normas, sus requisitos y todo lo que rodea al proceso de certificación.
Ocurrió en el año 2002, cuando se estaba iniciando lo que fue el boom de estas normas en España.
Y como en todo boom ha habido de todo: empresas que no lo han conseguido, empresas que las mantuvieron sólo una temporada, empresas que se certificaron antaño pero que hoy no hubieran conseguido la certificación, etc
En aquella ocasión lancé la siguiente pregunta:
¿Es realmente necesaria la obligación de realizar una auditoría interna anual ?
Aclaración: la auditoría interna es un requisito obligatorio en muchas de las normas certificables que conocemos.
Vaya por delante que:
👉 No estoy cuestionando el papel de las auditorías internas como herramienta de mejora.
👉 Tampoco se trata de una crítica hacia quienes participan en la redacción de estas normas —al fin y al cabo, son grandes multinacionales como Nestlé, Coca-Cola, Danone, Heinz o Unilever.
Pero sí me parece razonable abrir el debate —sin pretensiones de «David contra Goliat»— sobre la obligatoriedad de este punto concreto.
El coste real de la auditoría interna obligatoria
Cuando hablamos de “hacer la auditoría interna”, muchas veces se olvida todo lo que ello implica para la pyme alimentaria:
- Subcontratar auditores internos especializados (coste económico).
- Buscar auditores adecuados y la gestión de la contratación de esa auditoría interna
- Preparar la fábrica, organizar documentación, ajustar procesos para «el día de la auditoría» (coste de tiempo y estrés añadido).
- Poner en marcha una presión adicional sobre los trabajadores
- En algunos casos —y lo digo porque lo he vivido en primera persona—, auditorías internas que terminan generando más complicaciones de las que resuelven, detectando «no conformidades» que no tienen un impacto real sobre la seguridad alimentaria, y obedecen más a subjetividad del auditor.
- Formar a trabajadores propios en habilidades de auditoría interna y dedicar tiempo laboral a esta tarea en caso de que la empresa realice auditorías internas con personal propio.
¿Qué sentido tiene entonces mantenerlo como requisito obligatorio?
En mi experiencia, una empresa alimentaria que realmente está comprometida con su sistema de gestión de calidad alimentaria hará lo que tenga que hacer para estar preparada para la auditoría de certificación.
Si ve que necesita verificar previamente sus procesos buscará ,por iniciativa propia, una auditoría interna como medida preventiva por ejemplo.
Del mismo modo que, quien tiene que pasar la ITV del coche y sospecha de que quizás no pase la inspección tiene la opción “ voluntaria” de visitar antes un taller mecánico.
Es por ello que considero que no todas las empresas necesitan ese «ensayo general» llamado auditoría interna.
Hay fábricas donde el sistema funciona correctamente a diario, las cumplen los requisitos todos los días y no necesitan ninguna preparación “ extra” el día de una auditoría.
Para estas empresas, la auditoría interna obligatoria no aporta un valor diferencial. Simplemente es un gasto añadido.
Auditoría interna sí, pero cuando aporta
No discuto —y lo subrayo— que en muchos casos la auditoría interna ha salvado a empresas de llegar mal preparadas a la auditoría de certificación.
Ha sido útil como herramienta de detección previa, sin duda.
📌 Igual que no todas las empresas necesitan contratar un interim manager, pero muchas lo hacen “voluntariamente” cuando quieren transformar su empresa alimentaria de forma profesional.
📌 Igual que las empresas empresas alimentarias no necesitan certificarse en IFS o BRCGS para tener altos niveles de seguridad alimentaria, pero lo hacen “ voluntariamente” por otros motivos..
Lo que defiendo es que el requisito de obligatoriedad de realizar auditorías es prescindible.
Viendo que siendo obligatorio supone un perjuicio para algunas empresas y que no siendo obligatorio no supone ningún perjuicio para otras cabe preguntarse
¿Cuál piensas que puede ser el motivo detrás de este requisito?
Yo lo desconozco, aunque pueda intuir alguno.
Lo importante no es estar de acuerdo o no, sino seguir reflexionando sobre cómo aplicar los sistemas de calidad de forma eficaz, práctica y sostenible para las empresas.
Te ayudo a que te sientas orgulloso de tu empresa alimentaria.
Más de 26 años contribuyendo a que los propietarios de empresas de alimentación se sientan satisfechos de haber conseguido esa ansiada certificación de calidad alimentaria, esa mejora productiva que necesita y esa rentabilidad que desea.
Lo hago trabajando de manera temporal como uno más dentro de tu empresa para que alcances ese logro que otros pensaban que no serías capaz o del que ya habías desistido.
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