
Importancia del Etiquetado de alimentos
Ya lo dijo Hipócrates ” Que el alimento sea tu mejor medicina y tu mejor medicina sea el alimento”
Está sobradamente demostrado el efecto directo de nuestra alimentación en nuestra salud. Parece sensato pensar que interesarse por los alimentos que comemos no es cosa baladí. Estaréis conmigo en que por mucha información que nos pongan en las etiquetas de los alimentos, ésta es de escaso valor si no la sabemos interpretar.
Hoy voy a tratar un tema muy popular entre los consumidores y a la vez bien desconocido: los aditivos alimentarios. En principio un mal a evitar y sin embargo los demandamos inconscientemente. La buena noticia es que no todos son malos, incluso algunos de ellos se encuentran de manera natural en los alimentos. Pero aquí voy a hablar de los más controvertidos
LOS CONSERVANTES
Me voy a centrar en los nitritos ( E249, E250 ) cuyo uso más generalizado está en los productos cárnicos curados, aunque también los podemos encontrar en otros productos. El inconveniente de su uso es que producen compuestos cancerígenos en los alimentos que los contienen. Sin embargo dicho uso está bien justificado desde el punto de vista de la seguridad alimentaria ya que inhiben el crecimiento de una bacteria muy dañina para la salud.
Por tanto se debe encontrar un punto de equilibrio para evitar o minimizar ambos riesgos: el potencial cancerígeno y el riesgo de sufrir una intoxicación alimentaria grave. La legislación alimentaria, en aras de la seguridad alimentaria, ha establecido un límite máximo de nitritos en determinados alimentos. A partir de ahí, la mayor o menor exposición a este aditivo dependerá de las buenas prácticas del fabricante. Es decir, esperamos que el fabricante utilice la menor cantidad posible del aditivo que sea suficiente para la inhibición del crecimiento de la bacteria dañina y además produzca una formación mínima de compuestos cancerígenos.
LOS EDULCORANTES
Son sustancias que se utilizan como sustitutos del azúcar porque tienen un menor contenido calórico. Me voy a centrar en dos que merecen un uso moderado: los polioles y el aspartamo.
Polioles ( Sorbitol E420, Manitol E421, Maltitol E965, Lactitol E966, Xilitol E967, Eritritol E 968…)
A pesar de que no son perjudiciales para la salud se deben consumir con moderación porque un consumo excesivo puede provocar molestias gastrointestinales. De hecho, la legislación alimentaria obliga a que un alimento que contenga dichos aditivos debe indicar la siguiente advertencia en el etiquetado “un consumo excesivo puede tener efectos laxantes”.
Aspartamo ( E951)
Controvertido donde los haya. La legislación alimentaria obliga a declarar en el etiquetado de los alimentos que lo contengan la siguiente advertencia “contiene una fuente de fenilalanina”. Esto es de especial relevancia para aquellas personas que padecen un desorden metabólico llamado fenilcetonuria.
En varias ocasiones se ha procedido a una reevaluación de este aditivo por su presunto potencial cancerígeno. En todas ellas la Comisión Europea no encontró indicios ni argumentos que justifiquen esta presunción. Sin embargo la presión social se ha hecho tan alta que actualmente el aspartamo está bajo una nueva evaluación desde principios del año 2012 y previsiblemente durará hasta mayo de 2013.
LOS COLORANTES
Se utilizan en multitud de alimentos: bebidas, sopas, caramelos, zumos industriales, repostería, helados, mermeladas…
Aquellos que merecen una especial atención son: Amarillo anaranjado E110, Amarillo de quinoteina E104, Carmoisina E122, Rojo allura E129, Tartrazina E102 y Rojo cochinilla E124. La legislación alimentaria obliga a indicar en el etiquetado de los alimentos que contengan estos aditivos la siguiente advertencia “puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños”.
Por último, comentar el efecto Alergénico que pueden tener algunos aditivos como por ejemplo los sulfitos ( E220-228 ) cuando están en concentraciones superiores a 10mg/Kg o 10 mg/l en un alimento, la hemicelulosa de soja ( E426), etc. En este caso, la legislación alimentaria relativa a los productos alérgenos también obliga a los fabricantes a que estos se declaren en el etiquetado del alimento.
Como podemos ver, la manera en que la legislación alimentaria protege a los consumidores, en líneas generales, se basa en:
– Establecer los requisitos de evaluación de los aditivos antes de su autorización
– Establecer límites máximos de uso de los aditivos en determinados alimentos
– Establecer la prohibición de su uso en determinados alimentos
– Establecer la obligación de declararlos en el etiquetado además de las advertencias antes mencionadas.
Pero atención, no podemos pedir responsabilidad a nadie si hacemos un uso excesivo de un determinado alimento.
Espero haber aclarado algunas dudas respecto a esta amplia temática de los aditivos alimentarios y que sólo es una parte dentro del campo de Etiquetado de alimentos.
Si te ha gustado este artículo, o quieres solventar algún problema de etiquetado de los alimentos puedes contactar conmigo en ev@evconsultoriaalimentaria.com o en el teléfono 690 632 520.